La Corte Internacional de Justicia, en su opinión consultiva sobre el Sáhara Occidental, afirmó que es un derecho colectivo cuya titularidad corresponde a los pueblos. Por ejemplo, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 1 reconoce el derecho de libre determinación de los pueblos y el artículo 27 protege, por separado, camisetas baloncesto los derechos de las minorías. 140; Anaya, pág 75; Carrillo Salcedo, Juan Antonio (2001), Soberanía de los Estados y derechos humanos, Tecnos, pág.